jueves, 29 de octubre de 2009

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Calumnias e injurias: dieron media sanción a la despenalización

20:25 | País | La iniciativa pasó al Senado. Si la Cámara Alta lo aprueba, quien se sienta calumniado o injuriado por dichos de un tercero sólo podrá reclamar un resarcimiento económico.

La Cámara de Diputados aprobó esta noche y giró al Senado el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que plantea modificaciones en el Código Penal, a fin de despenalizar el delito de calumnias e injurias.

Si se aprueba el proyecto enviado por la jefa de Estado al Parlamento, quien se sienta calumniado o injuriado por dichos de un tercero sólo podrá reclamar un resarcimiento económico.

La derogación de la figura de calumnias e injurias como delito punible cumpliría con un pedido de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que el año pasado advirtió a la Argentina que estos delitos atentaban contra la libertad de expresión, ya que un periodista podía ir preso por lo que escribiera.

El artículo 109 del Código Penal define a la calumnia como "falsa imputación de un delito", condenada con entre uno y tres años de prisión.

La injuria, contemplada en el artículo 110, es una variante de la anterior, y se refiere a quien "deshonra o desacredita" a alguien, con la diferencia de que ésta no prevé penas de prisión sino que se castiga con una multa.

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